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viernes, enero 16, 2026
Ecuador

Tu Buró de crédito ahora incluirá servicios básicos e impuestos, según nueva ley financiera

Quito.– Desde el 13 de octubre, el servicio de referencias crediticias, conocido como buró de crédito, recibe una mayor cantidad de información para la evaluación del riesgo financiero de personas naturales y jurídicas en el país.

La medida forma parte de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Monetario y Financiero, que entró en vigencia tras su publicación en el Registro Oficial esta semana.

De acuerdo con la normativa, los burós de crédito ahora podrán incluir datos relacionados con obligaciones en el mercado de valores, pagos de servicios básicos, cumplimiento tributario y otras fuentes de información que serán determinadas por la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.

La ley mantiene que el servicio de referencias crediticias podrá ser prestado tanto por la Superintendencia de Bancos como por empresas autorizadas.

Antes de esta reforma, el buró de crédito solo registraba información sobre operaciones crediticias y obligaciones dentro del sistema financiero público y privado, así como de sectores como el comercial, de telecomunicaciones y el financiero popular y solidario.

La nueva disposición amplía el alcance de los datos con el objetivo de ofrecer una visión más completa del comportamiento financiero de los usuarios, aunque restringe el uso de la información exclusivamente a fines de análisis crediticio, prohibiendo su difusión o utilización con otros propósitos.

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